Código de Conducta y Protección
Capítulo I – Introducción
1. Objetivo
El presente Código establece valores y principios comunes, así como orienta las prácticas y conductas que deben seguirse en la realización de las actividades del Fondo Emerger, en estricto respeto a la legislación vigente y a los más altos estándares éticos de comportamiento.
Los objetivos de este Código son:
✔ Asegurar que todas las personas que trabajan o tienen cualquier tipo de relación con el Fondo Emerger, además de los grupos apoyados por la organización, entiendan, acepten y velen por el cumplimiento de las responsabilidades y principios legales y las establecidas en este Código en relación con el trato a las personas, especialmente aquellas en situación de vulnerabilidad.
✔ Garantizar que los procedimientos de reclamación y respuesta ante situaciones de violencia o violaciones de derechos sean claros y conocidos por todos(as) los(as) colaboradores(as), así como por personas relacionadas con el Fondo Emerger, incluyendo los grupos apoyados por la institución, que serán aliados(as) en el cumplimiento de este Código y corresponsables de denunciar cualquier situación de violencia.
✔ Mantener transparencia en las acciones para responder adecuadamente a eventuales violaciones de las reglas y compromisos previstos en este Código.
✔ Disponer sobre los procesos de selección y capacitación de los(as) colaboradores(as) del Fondo Emerger, de modo que actúen de manera responsable y en conformidad con este Código en el desempeño de sus actividades.
2. Alcance
Este Código se aplica obligatoriamente a todos(as) los(as) asociados(as), consejeros(as), directores(as), empleados(as), pasantes y voluntarios(as) del Fondo Emerger, así como a todas las personas que hablan y actúan en nombre de la entidad.
Las normas contenidas en este Código también deben servir como referencia para las organizaciones apoyadas por el Fondo Emerger, socios(as), proveedores(as) y prestadores(as) de servicios, quienes deberán estar conscientes de que su incumplimiento podrá implicar la terminación de los contratos correspondientes y demás sanciones aplicables.
3. Definiciones
Apoyado(a) – organización que recibe apoyo financiero y/o cooperación técnica a través de los programas del Fondo Emerger.
Acoso moral – tipo de violencia en la que una persona (física o jurídica) humilla, constriñe, ofende o ataca la dignidad de otra. El acoso moral en el trabajo consiste en la exposición prolongada y repetitiva de los(as) trabajadores(as) a situaciones humillantes y vejatorias.
Acoso sexual – actividad con connotación sexual no deseada, manifestada físicamente, por palabras, gestos u otros medios, propuestas o impuestas a personas en contra de su voluntad, causándoles constreñimiento y violando su libertad sexual. Usualmente implica una condición de superioridad jerárquica por parte del acosador.
Bullying o matoneo– acto de intimidar, humillar o agredir psicológica o físicamente a la víctima. Implica prácticas violentas, intencionales y repetidas contra una persona indefensa, que pueden causar daños físicos y psicológicos. Requiere la percepción de un desequilibrio de poder social, político o físico.
Colaboradores(as) – todos(as) los(as) asociados(as), consejeros(as), directores(as), pasantes, empleados(as), voluntarios(as) y demás personas que actúan en nombre del Fondo Emerger.
Discriminación – conducta que falta al respeto o viola los derechos de una persona, basada en diferencias de género, orientación sexual, raza, religión, condición física o psíquica, o cualquier otro aspecto social.
Socios(as) – personas físicas o jurídicas que colaboran con la misión y objetivos del Fondo Emerger y contribuyen a la realización de actividades cotidianas.
Personas en situación de vulnerabilidad – personas o grupos que se encuentran al margen de la sociedad, privados de derechos básicos, con baja representatividad y mayor exposición a diferentes tipos de violencia.
Violencia de género – violencia física, psicológica, moral, sexual o simbólica ejercida contra personas o grupos en función de su sexo o género, con impactos negativos en su identidad y bienestar.
Capítulo II – Misión, compromisos, principios y directrices
4. Misión, valores y principios de la organización
El Fondo Emerger tiene la misión de ser un aliado de las comunidades para fortalecer y potenciar sus autonomías, saberes y capacidades en la defensa de la vida, los territorios y los bienes comunes, a través de la confianza y la solidaridad. Para el 2029 se convertirá en un sistema dinámico de alianzas solidarias entre comunidades, personas, organizaciones, fondos y entidades públicas, que intercambian apoyos, saberes, aprendizajes, soluciones y prácticas que logran integridad ecológica, gobierno de los bienes comunes, paz y equidad
Para el Fondo Emerger, los valores no son solo conceptos éticos, sino herramientas políticas y operativas que guían la filantropía comunitaria, la defensa del territorio y la protección de quienes cuidan la vida.
- Solidaridad: es el compromiso ético de acompañar y respaldar las luchas de las comunidades de base y defensores ambientales, asumiendo sus desafíos como propios y movilizando recursos para fortalecer su autonomía. No se entiende como una ayuda asistencialista de arriba hacia abajo, sino como un intercambio horizontal donde el Fondo y las organizaciones se cuidan y fortalecen mutuamente en la defensa de los bienes comunes.
- Confianza: es la base de la filantropía comunitaria del Fondo. Implica creer en la capacidad técnica y política de las organizaciones locales para gestionar sus territorios y recursos de manera honesta y efectiva. Es el pilar que permite eliminar la burocracia excesiva en la entrega de apoyos, fundamentándose en la integridad, el Programa de Ética Empresarial y la rendición de cuentas social.
- Colaboración: Es la creación de alianzas estratégicas entre el Fondo, las comunidades, organizaciones internacionales y el sector público para potenciar el impacto socioambiental. Reconoce que el conocimiento experto y el conocimiento ancestral tienen el mismo valor; la colaboración busca que la toma de decisiones sobre el territorio permanezca en manos de quienes lo habitan.
- Conexión: Es el vínculo profundo entre el Fondo, las personas y la red de la vida (ecosistemas). Es entender que la protección de un defensor ambiental está intrínsecamente ligada a la salud de su territorio. La conexión no es abstracta; se manifiesta en el arraigo, el conocimiento situado y la sensibilidad hacia las realidades locales, rurales y urbanas donde el Fondo tiene incidencia.
- Diversidad: El reconocimiento y valoración de las distintas identidades (campesinas, afrodescendientes, indígenas, jóvenes y mujeres) y sus formas particulares de entender el «Buen Vivir» y la conservación. En el marco de la colaboración, la diversidad exige que el Fondo adapte sus medidas de relacionamiento y apoyo según las vulnerabilidades específicas de cada grupo poblacional.
- Escucha: La disposición activa para recibir y validar los saberes ancestrales, las denuncias de riesgo y las propuestas innovadoras que nacen desde las comunidades sin imponer agendas externas. Escuchar en el Fondo Emerger implica crear espacios protegidos donde las comunidades puedan expresar sus necesidades y miedos sin temor a represalias o filtraciones de información sensible.
- Respeto: El cumplimiento irrestricto de las salvaguardas sociales y ambientales. Es la garantía de que ninguna acción del Fondo vulnerará la autonomía, la dignidad o los derechos humanos de los colaboradores y aliados. Bajo el Código de Conducta, el respeto prohíbe cualquier forma de acoso, discriminación o abuso de poder, estableciendo límites claros que protegen la integridad física y emocional de todos los involucrados.
- Unión: La cohesión del movimiento socioambiental frente a las amenazas del extractivismo o el conflicto. Es la fuerza colectiva que permite que pequeñas acciones locales escalen a cambios sistémicos. La unión permite que las organizaciones no se sientan aisladas en sus luchas, creando una red de protección colectiva que sostiene la esperanza y la resistencia a largo plazo.
Sus principios son el respeto y la promoción de:
- la diversidad cultural, étnica, de género, y de todas las formas de vida;
- El ejercicio de todos los derechos constitucionales
- La cultura de paz y la no violencia
- La autonomía y la dignidad de las personas y comunidades en sus estructuras organizativas, epistemologías y formas de relacionamiento con la naturaleza;
- El derecho a la igualdad y la no discriminación, así como las acciones afirmativas especialmente de género
- La priorización del enfoque relacional, que considera los tejidos sociales, culturales, económicos y políticos, y sus relaciones con la naturaleza.
5. Compromiso con la protección de personas en situación de vulnerabilidad
El Fondo Emerger se compromete a garantizar el cumplimiento de su misión, adoptando conductas alineadas con este Código y con tolerancia cero hacia irrespeto, el racismo, la homotransfobia, la corrupción, la discriminación, el prejuicio y el acoso.
6. Principios específicos de protección
Incluyen:
- Rechazar y erradicar el prejuicio, el acoso, la intimidación, la discriminación u opresión.
- Repudiar comportamientos abusivos o que atenten contra la dignidad.
- Prohibir publicaciones y acciones discriminatorias o dañinas.
- Combatir amenazas, chantajes, y todo tipo de acoso o violencia.
7. Directrices
Incluyen:
- Crear espacios de diálogo y reflexión interna para promover el conocimiento de los derechos, la empatía, la solidaridad, el respeto y la no violencia.
- Revisar continuamente pronunciamientos y procedimientos para que sean respetuosos con los principios.
- Contar con un canal y un procedimiento prestablecido para tramitar incidentes.
- Respetar la confidencialidad profesional e información estratégica.
- Mantener actualizado el Código de ética y transparencia institucional, que establece responsabilidades y sanciones.
Capítulo III – Conductas en situaciones de mayor riesgo
8. Conducta de los(as) colaboradores(as)
Los colaboradores del Fondo interactúan principalmente con representantes de organizaciones, no con beneficiarios finales.
Las conductas prohibidas incluyen:
- a) Discriminación, agresión y acoso
- Comportamientos abusivos o intimidatorios.
- Publicaciones discriminatorias o difamatorias
- Cualquier forma de amenaza, chantaje, acoso moral o sexual, racismo, sexismo, xenofobia.
- Conductas hostiles o violentas.
- Relaciones sexuales con beneficiarios(as) de asistencia debido al desequilibrio de poder.
- b) Salud y seguridad
- Actuar bajo efectos de alcohol o drogas ilícitas.
- Poner en riesgo la propia salud o la de otros.
- c) Información y confidencialidad
- Respetar la confidencialidad profesional.
- Usar información solo con autorización.
- No utilizar imágenes sin permiso.
Los colaboradores deberán abstenerse de divulgar información reservada, fotografías, ubicaciones, datos personales o cualquier contenido relacionado con las actividades del Fondo que no haya sido previamente autorizado.
- d) sobre el uso de los bienes, equipos, recursos financieros, herramientas tecnológicas, vehículos, sistemas de información y demás activos del Fondo deberán utilizarse exclusivamente para el cumplimiento de los fines institucionales, actuando con criterios de eficiencia, responsabilidad, transparencia y austeridad
- e) Fraude y corrupción
- Solicitar u ofrecer favores o ventajas indebidas.
- Provocar pérdidas financieras intencionales.
- Apropiarse o desviar recursos.
- Falsificar documentos o registros.
- Ofrecer o recibir sobornos.
- Financiar actos ilícitos.
- f) Toda persona vinculada al Fondo deberá informar oportunamente cualquier situación que pueda generar un conflicto de interés real, potencial o aparente. Ningún colaborador podrá participar en procesos de evaluación, selección, contratación, supervisión o toma de decisiones cuando exista un interés personal, familiar, económico, político o profesional que pueda afectar su independencia o imparcialidad
- g) El nombre, logotipo, imagen institucional y demás elementos distintivos del Fondo únicamente podrán utilizarse para fines autorizados y conforme a los lineamientos institucionales. Ninguna persona podrá comprometer públicamente la posición del Fondo sin autorización expresa.
- Relación con organizaciones apoyadas. Las relaciones con organizaciones apoyadas deberán desarrollarse bajo criterios de igualdad, transparencia, independencia, respeto mutuo, objetividad y ausencia de cualquier forma de favorecimiento o discriminación
Las organizaciones apoyadas deben cumplir las mismas reglas.
En caso de violaciones:
- Los Pagos pueden suspenderse o los contratos cancelarse.
- Responsables deben ser sancionados.
- Puede prohibirse el acceso a nuevos apoyos durante 10 años.
No pueden recibir apoyo:
- Personas u organizaciones que aparecen en las listas restrictivas SARLAFT.
- Condenados por delitos de discriminación, violencia, crímenes sexuales o ambientales.
- Organizaciones cuyos objetivos contradigan la misión del Fondo Emerger.
Capítulo IV – Selección y formación de colaboradores(as)
- Selección
Los procesos de selección se basan en los reglamentos o políticas o manuales desarrollados por la organización.
Deben existir canales accesibles para reportar conductas inapropiadas.
- Formación
Los trabajadores y contratistas recibirán la capacitación y la inducción necesaria para el cumplimiento de este Código y los demás reglamentos internos. Las organizaciones deberán firmar un documento de garantía de cumplimiento de este código al momento de firmar el convenio para el apoyo económico.
Se realizan espacios de aprendizaje en reuniones periódicas, planeamiento anual y lanzamiento de convocatorias.
Capítulo V – Consultas y denuncias
Ninguna persona podrá ser objeto de represalias, amenazas, discriminación, hostigamiento o cualquier otra consecuencia adversa por presentar, de buena fe, una consulta o denuncia relacionada con el presente Código o por colaborar en una investigación interna.
- Consultas
El Fondo mantiene una cultura de comunicación horizontal. La instancia responsable es la Coordinación Ejecutiva, disponible a través del formulario dispuesto en la página web del Fondo para el efecto: https://emerger.org/pqrs/
- Violaciones del Código
Reclamaciones deben dirigirse al Coordinador Ejecutivo a través del formulario en la web: https://emerger.org/pqrs/. Se garantiza confidencialidad y derecho de defensa.
El Coordinador debe:
- Analizar el caso.
- Abrir procedimiento confidencial.
- Iniciar el proceso en 24 horas y concluirlo en 2 semanas.
- Asegurar acogida a víctimas y alejamiento del denunciado cuando sea necesario.
- Solicitar aclaraciones y documentos.
- Emitir informe y recomendaciones.
- Determinar sanciones proporcionales: retracción, advertencia, suspensión o despido.
- Buscar soluciones consensuadas cuando sea posible.
- Enviar información a autoridades legales competentes si corresponde.
Capítulo VI – Monitoreo y evaluación
- Responsabilidad
La Coordinación Ejecutiva es responsable del monitoreo.
La revisión de este código y de los procesos que se hayan adelantado corresponde a la Dirección y al Consejo.
- Monitoreo y evaluación
El Código será revisado anualmente o cuando sea necesario.
Se realizará una reunión para evaluar avances, dificultades y mejoras.
Capítulo VII – Disposiciones finales
- Publicidad y accesibilidad
El Código estará disponible en el sitio del Fondo Emerger y se enviará a grupos apoyados y prestadores de servicios.
- Compromiso de los(as) colaboradores(as)
Todos(as) recibirán una copia actualizada y firmarán un término de adhesión.
Los contratos incluirán cláusula de conformidad con este Código.
- Entrada en vigor
El Fondo Emerger implementará este Código desde Enero de 2026 y lo hará público después de Febrero de 2026.
